Micelio
Auto25 de mayo de 2018

A- de 2018

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Por Falta De Notificacion
  • Se declara la nulidad de todo lo actuado desde auto admisorio de la demanda y rehacer proceso efectuando debida vinculación
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se declara la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de la referencia, desde el auto admisorio de la demanda.

Se ordena al juzgado de instancia que, previa vinculación de las personas directamente interesadas o que puedan verse afectadas con el trámite de la acción de tutela, reinicie el proceso.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR la nulidad de todas las actuaciones surtidas en el proceso de tutela de la referencia desde el auto admisorio de la demanda, proferido el 31 de julio de 2017 por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carreno.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carreno que reinicie el proceso de tutela de la referencia, previa vinculacion de las personas directamente interesadas o que pueden verse afectadas con el tramite de la accion de tutela, de acuerdo con las consideraciones realizadas en la parte motiva de la presente providencia.
  3. TERCERO. Por Secretaria General, DEVOLVER el expediente de referencia al Juzgado Promiscuo del Circuito de Puerto Carreno, para que cumpla lo dispuesto en el numeral anterior.
  4. CUARTO. Una vez concluya el respectivo tramite indicado en el numeral
  5. segundo. de esta providencia, ORDENAR al despacho judicial que surta la unica o segunda instancia REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para que sea sometido al tramite de seleccion previsto en el Capitulo XIV del Reglamento Interno de la Corporacion.
  6. QUINTO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.